Micelio
Auto6 de febrero de 2018

A- de 2018

Ponente Alberto Rojas Ríos

Demandante Claudia

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Derecho A La Intimidad De Menor De Edad
  • Deber de reserva de información privada
Solicitud De Reserva De Nombre
  • Supresión de los nombres y los datos que permitan identificar a los menores en la sentencia así como de toda publicación actual y futura
2 temas · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

La accionante solicitó a la Corporación modificar la versión web de la sentencia T-252/16, para que no aparezcan en ella los nombres propios de sus hijos.

La Corte accede a tal petición y ordena reemplazar la versión digital de la precitada providencia, por la que resulte de sustituir los nombres reales de los menores mencionados, con nombres ficticios.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. Primero. ORDENAR que, por la Secretaría General de esta Corporación, de manera inmediata se proceda a suprimir de toda publicación actual y futura de la sentencia T-252 de 2016 los nombres de los menores hijos de los ciudadanos Claudia y Jorge (accionante y accionado dentro del expediente T-5.307.628, respectivamente), los cuales deben sustituirse por los nombres ficticios Karen y Cristian.
  2. Segundo. ORDENAR a la Relatoría de esta Corporación que de manera inmediata proceda a remplazar en la página web de la Corte Constitucional la versión actual de la sentencia T-252 de 2016 por una versión que sustituya los nombres reales de los menores hijos referidos, en los términos señalados en el ordinal
  3. primero. de esta decisión.
  4. Tercero. ORDENAR que, por la Secretaría General de esta Corporación, se efectúe la notificación y comunicación para el cumplimiento de esta providencia al Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá -Sala de Familia-, autoridad que resolvió en primera instancia la acción de tutela instaurada por "Claudia y María" contra el Juzgado 4º de Familia de Descongestión de Bogotá y contra "Jorge", con el fin de salvaguardar el derecho a la intimidad de que son titulares los menores hijos de la accionante y el accionado, manteniendo la reserva sobre el expediente.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

Cita a0
No cita providencias registradas.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.